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Artículo SEPTIMO del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Fija planta de personal del servicio de salud araucanía sur

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 281874 · idParte: 9348489

Texto oficial

Artículo séptimo. El proceso de encasillamiento del personal a que se refieren los artículos precedentes, se efectuará por Resolución del Director del Servicio de Salud, dentro del plazo de 180 días contados desde la fecha de publicación del presente Decreto con Fuerza de Ley.