Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 15.472

Libera de todo derecho, impuesto o contribucion la internacion de las especies que indica, destinadas al hospital clinica alemana de valdivia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28196 / 7176172.

Texto oficial

Artículo 2° Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la fecha de esta ley, las especies a que se refiere el artículo 1° fueren enajenadas a cualquier título o se les diere un destino distinto del específico, deberán, en todo caso, enterarse en arcas fiscales los derechos e impuestos del pago de los cuales esta ley libera, quedando solidariamente responsables de su integro las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos".