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Artículo 12 de la Ley 15.564

Modifica la ley n° 5.427, sobre impuestos a las herencias, asignaciones y donaciones y sustituye la ley n° 8.419, sobre impuesto a la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28208 · idParte: 8955561

Texto oficial

Artículo 12°- Para los efectos del artículo anterior, se entenderá que están situadas en Chile las acciones de una sociedad anónima constituída en el país. Igual regla se aplicará en relación a los derechos en sociedades de personas. En el caso de los créditos, la fuente de los intereses se entenderá situada en el domicilio del deudor.