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Artículo 15 de la Ley 15.564

Modifica la ley n° 5.427, sobre impuestos a las herencias, asignaciones y donaciones y sustituye la ley n° 8.419, sobre impuesto a la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28208 / 8955660.

Texto oficial

ARTICULO 15.- Reemplázase en el artículo 5.o de la ley N.o 14.813, de 29 de Diciembre de 1961, las palabras "comerciantes minoristas", por las siguientes: "pequeños comerciantes" industriales y agricultores, y los artesanos, choferes, camioneros cocheros, fleteros y pescadores.".