Modifica, traspasa y suplementa diversos item de la ley de presupuestos para 1964, aprobada por ley 15.455, de 2 de enero de 1964; deroga la ley 3.352, de 23 de febrero de 1918, que autorizo las obras de dragado para facilitar la navegacion entre valdivia y el puerto de corral y establecio una contribucion de tonelaje sobre la carga que se interna y exporta por este puerto; modifica el n° 5° del articulo 6° de la ley 15.142, de 22 de enero de 1963, que modifico el decreto con fuerza de ley 274, de 1960, orgánico de la empresa de comercio agricola
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28236 / 8857675.
Texto oficial
ARTICULO 32.o- El saldo acumulado al 31 de Julio de 1964 y no comprometido a la misma fecha, de la Cuenta Especial F-48-A, después de hecha la reserva necesaria para cumplir lo dispuesto en la ley N.o 14.822, de 9 de Febrero de 1962, se destinará, hasta la concurrencia de E° 1.250.000 a cubrir los gastos de la retasación general ordenada por la ley número 15.021, de 16 de Noviembre de 1962, y del cobro de las contribuciones, tales como formularios, tarjetas y materiales, para el equipo mecanizado, trabajo en horas extraordinarias y otros. Para estos efectos se suplementarán los ítem correspondientes del Presupuesto del Servicio de Impuestos Internos."