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Artículo 4 de la Ley 15.653

Autoriza a la municipalidad de la serena para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de e° 180.000 con el objeto de que pueda pagar a su personal la asignacion de estimulo que le adeuda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28244 / 8282363.

Texto oficial

Artículo 4° El o los empréstitos serán servidos por la Municipalidad de La Serena, con la parte que corresponda a esta Municipalidad en los impuestos de 2a y 3a categorías de la Renta o de Bienes Raíces, si aquélla no fuere suficiente. Además, y en caso que los recursos fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad completará la suma necesaria con los fondos contemplados para este efecto en la partida (5/B-30-A) del Item 30 del presupuesto ordinario de 1962 y futuros presupuestos hasta la total cancelación de la deuda.