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Artículo 16 de la Ley 20.313

Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector publico, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 282642 / 7381450.

Texto oficial

Artículo 16.- Durante el año 2009 el aporte máximo a que se refiere el artículo 23 del decreto ley Nº 249, de 1974, tendrá un monto de $80.158.-. El aporte extraordinario a que se refiere el artículo 13º de la ley Nº 19.553, se calculará sobre dicho monto.