Texto oficial
Artículo 14° Las acciones para reclamar de los daños y perjuicios causados por la aplicación de pesticidas prescribirán en un año, contado desde la fecha en que se produjeren".
Establece normas en relacion con pesticidas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28267 / 7176219.