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Artículo UNICO de la Ley 15.717

Autoriza la ereccion de un monumento a la memoria de don armando alarcon del canto, en la poblacion de su mismo nombre, en talcahuano

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28278 / 5976519.

Texto oficial

"Artículo único. Autorízase la erección de un monumento a la memoria de don Armando Alarcón del Canto en la población de su mismo nombre, del departamento de Talcahuano, de la provincia de Concepción".