Autoriza a la municipalidad de victoria para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de e° 625.000 con el fin de destinarlos a la habilitacion y funcionamiento del matadero frigorifico para su servicio prorroga las contribuciones establecidas en el articulo 4° de la la ley 14.826, de 26 de enero de 1962 modifica el inciso 3° del articulo 27° de la ley 11.704, de 20 de octubre de 1954, que fijo el texto refundido de la ley de rentas municipales
Texto oficial
Artículo 6° En caso de que los recursos de esta ley fueren insuficientes para el servicio de la obligación, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias. Si, por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste a amortizaciones extraordinarias de la deuda.