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Artículo UNICO de la Ley 15.937

Ordena la construccion de los pasos sobre nivel que señala, ubicados en el departamento pedro aguirre cerda y a la salida norte de la ciudad de copiapo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28315 · idParte: 5976868

Texto oficial

"Artículo unico.- En la pista alta de velocidad que se construye en el tramo del camino de Arica a Quellón, a que se refiere el artículo 6° de la ley 12.954, denominado camino de Ochagavia, ubicado en el departamento Pedro Aguirre Cerda, deberán construirse dos pasos sobre nivel que permitan las conexiones de la Octava Avenida con la calle Petrohué y la calle La Marina con la población Ochagavía. Dichos pasos deberán tener, a lo menos, 9 metros de ancho. Deberá construirse también un paso sobre nivel en el camino a la salida norte de la ciudad de Copiapó".