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Artículo 2 de la Ley 16.067

Autoriza a la municipalidad de san jose de maipo para expropiar la faja de terreno que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28328 / 8282600.

Texto oficial

Artículo 2°.- La Municipalidad de San José de Maipo atenderá el pago de las indemnizaciones a que haya lugar con motivo de la expropiación autorizada en el artículo precedente, con cargo al ítem imprevistos de su presupuesto ordinario.