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Artículo 1 de la Ley 16.226 · Modifica el código del trabajo

Modifica el código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28345 / 5977106.

Texto oficial

Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo: a) En el inciso tercero del artículo 395°, sustituir las palabras "superior a quinientos pesos en dinero efectivo.", por "en dinero efectivo superior al equivalente de un cuarto de sueldo vital, escala A), del departamento de Santiago."; b) En el artículo 399°, reemplazar los vocablos "de dos mil pesos" por "al equivalente a un sueldo vital escala A), del departamento de Santiago", y c) En el artículo 591°, reemplazar la palabra "veinticinco" por "veintiuno".