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Artículo 3 de la Ley 16.249

Acoge a los cuarteleros y ayudantes de cuarteleros de los cuerpos de bomberos a los beneficios de la ley numero 6.935

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28352 / 5977156.

Texto oficial

Artículo 3.o- Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente ley, serán considerados empleados particulares los cuarteleros y los ayudantes de cuarteleros de los Cuerpos de Bomberos de la República."