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Artículo 4 de la Ley 16.277

Autoriza a la municipalidad de nogales para contratar uno o mas emprestitos por la cantidad que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28373 / 8282650.

Texto oficial

Artículo 4°.- Con el objeto de atender el servicio de este empréstito, establécese una contribución adicional de un cinco por mil anual sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Nogales y que regirá desde el semestre siguiente a la vigencia de la presente ley y hasta el pago total del préstamo a que se refiere el artículo 1°, o hasta la inversión del total de las sumas establecidas en el artículo 3°.