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Artículo UNICO de la Ley 16.321

Autoriza para enajenar la propiedad fiscal que ocupa la sede de la embajada de chile en la ciudad de buenos aires.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28395 / 8859323.

Texto oficial

"Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para enajenar la propiedad fiscal que ocupa la sede de la Embajada de Chile en Buenos Aires, ubicada en Esmeralda N° 851. El producido de la venta a que se refiere la presente ley será depositado en una cuenta bancaria en la ciudad de Buenos Aires, a la orden del Jefe de la Misión, para cancelar con ella, en lo que sea posible, los gastos de construcción de la nueva sede. La venta a que se refiere esta ley se sujetará a las normas legales aplicables para la enajenación de bienes nacionales ubicados en el extranjero.