Texto oficial
ART. 27º El deber militar se extiende a todas las personas, desde los 18 años hasta los 45 años de edad.
Aprueba reglamento complementario del d.l. nº2.306, sobre reclutamiento y movilización de las fuerzas armadas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 284010 / 7417244.