Texto oficial
ART. 52º Pertenecerán a la Base de Conscripción:
a) Los varones que integren el Registro Militar del año en curso.
b) Las personas que solicitaron voluntariamente anticipar su servicio militar.
c) Las personas que forman la categoría de Disponibles, en conformidad al artículo 63 del presente Reglamento.
d) Las personas aplazadas por enfermedad curable.
e) Las personas que por haber estado procesados por delitos que no merezcan pena aflictiva o haber sido condenados a una pena inferior a ésta, se hallaban imposibilitadas para realizar su servicio militar obligatorio en el año que correspondía.
f) Los infractores y remisos amnistiados por leyes especiales, sancionados de acuerdo a los artículos 72 y 73 del Decreto Ley Nº 2.306.
g) Las personas que hubiesen resultado sorteadas y que optaron por cumplir su servicio militar en la modalidad de Prestación de Servicios al término de sus estudios superiores.
h) Las personas que hubiesen resultado sorteadas y que optaron por cumplir su servicio militar en la modalidad de conscripción ordinaria al término de sus estudios superiores.