Texto oficial
ART. 210º Las solicitudes para optar a los ascensos en la reserva serán presentadas en la Unidad Base de Movilización en que el solicitante se encuentre dado de alta y controlado, conforme al Anexo N° 23, con excepción del personal llamado al servicio activo para desempeño profesional. Esta solicitud será remitida a la Dirección General a través de la Dirección del Personal Institucional correspondiente, con todos los antecedentes necesarios para que, en caso de aceptar la solicitud, proponga el Decreto Supremo o dicte la Resolución respectiva, según corresponda.