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Artículo 1 de la Ley 20.319

Modifica la ley n° 19.937, impidiendo que los establecimientos de salud no calificados como de autogestión en red al 1 de enero de 2009, pasen a tener dicha calidad por el solo ministerio de la ley

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 284115 / 6915854.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Sustitúyese en el inciso final del artículo decimoquinto transitorio de la ley N°19.937, la expresión "1 de enero del año 2009" por la frase "31 de enero del año 2010".