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Artículo UNICO de la Ley 16.350 · Modifica articulos 10°, 12° y 13° del código del trabajo

Modifica articulos 10°, 12° y 13° del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28415 / 5977378.

Texto oficial

Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código del Trabajo: 1.- En el artículo 10° reemplázanse las expresiones "seis días de anticipación" y "seis días de trabajo" por "treinta días de anticipación" y "treinta días de trabajo", respectivamente; 2.- En el N° 1 del artículo 12° reemplázase la expresión "seis días" por "treinta días", y 3.- En el artículo 13° reemplázase la expresión "seis días" por "treinta días".