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Artículo 2 de la Ley 16.351

Autoriza la ereccion de un monumento en la ciudad de santiago, en homenaje al carabinero caido en cumplimiento de su deber.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28416 / 8857727.

Texto oficial

Artículo 2°.- El gasto que demande la aplicación de esta ley será financiado con el producto de una colecta pública que se efectuará en todo el país el día que se señale por decreto supremo.