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Artículo 12 de la Ley 16.392

Fija normas locales sobre construccion, urbanizaciones y otorgamiento de titulos de dominio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28434 / 8774177.

Texto oficial

Artículo 12° Reemplázanse los términos "a más tardar el día hábil siguiente de aquel en que sea suscrita", que figuran en el inciso 1° del artículo 68° de la ley 14.171, por las siguientes palabras: "dentro de 30 días corridos desde que sea suscrita".