Saltar al contenido

Artículo 37 de la Ley 16.392

Fija normas locales sobre construccion, urbanizaciones y otorgamiento de titulos de dominio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28434 · idParte: 8774202

Texto oficial

Artículo 37° El Presidente de la República creará en la planta de la Dirección General de Obras Públicas, los cargos que permitan encasillar a los profesionales funcionarios asistenciales afectos a la ley 15.076, que actualmente se desempeñan a contrata en el Servicio de Bienestar de esa Dirección. La creación de esta planta se hará en conformidad con las disposiciones de la ley 15.076.