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Artículo 40 de la Ley 16.395

Fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la superintendencia de seguridad social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28436 / 7176893.

Texto oficial

Artículo 40° El examen y juzgamiento de cuentas de las instituciones y servicios públicos que fiscaliza la Superintendencia de Seguridad Social se realizarán por la Contraloría General de la República, de acuerdo con las disposiciones de su Ley Orgánica, respetando las normas que, de acuerdo con sus facultades legales imparta la Superintendencia de Seguridad Social sobre materias técnicas, actuariales, financieras, jurídicas y contables.