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Artículo UNICO de la Ley 16.417 · Autoriza transferir los terrenos que señala

Autoriza transferir los terrenos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28451 / 5977676.

Texto oficial

Artículo único.- La Corporación de la Vivienda transferirá, a título gratuito, los terrenos de la población "Libertad" de Puerto Montt a sus actuales ocupantes.