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Artículo 7 de la Ley 16.433 · Fija el valor de la hora de clase de 2a. categoria

Fija el valor de la hora de clase de 2a. categoria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28465 / 9083948.

Texto oficial

Artículo 7°.- Reemplázase el inciso cuarto del artículo 46° de la ley número 10.336, por el siguiente: "Para ingresar a la Contraloría en cualquier otro empleo, será necesario, como requisito mínimo, haber rendido el sexto año de humanidades o contar con estudios equivalentes, salvo los empleos de la planta auxiliar, en los que se exigirá haber cumplido con la Ley de Instrucción Primaria Obligatoria."