Texto oficial
Artículo 7°.- Reemplázase el inciso cuarto del
artículo 46° de la ley número 10.336, por el siguiente:
"Para ingresar a la Contraloría en cualquier otro
empleo, será necesario, como requisito mínimo, haber
rendido el sexto año de humanidades o contar con estudios
equivalentes, salvo los empleos de la planta auxiliar, en
los que se exigirá haber cumplido con la Ley de
Instrucción Primaria Obligatoria."