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Artículo 1 de la Ley 16.455 · Normas para la terminacion del contrato de trabajo

Normas para la terminacion del contrato de trabajo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28476 / 8796995.

Texto oficial

Artículo 1°.- El empleador no podrá poner término al contrato de trabajo sino en virtud de causa justificada.