Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Artículo 69°.- Se declara que el personal de la
Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas no estará
afecto a los descuentos establecidos en el artículo 144°
del DFL. N° 338, de 1960 y que están establecidos en la
Orden de Servicio N° 3 de esa Dirección, siempre que los
atrasos e inasistencias se compensen con trabajos
extraordinarios.