Texto oficial
Artículo 135°.- el valor de la hora semanal de clase
de los profesores a que se refiere la ley N° 10.518, se
aumentará en un 25% a contar desde el 1° de Enero de 1966.
Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28477 / 8767133.