Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Artículo 227°- Facúltase al Director del Trabajo para
que previa autorización del Ministro del Trabajo y
Previsión Social, invista temporalmente con la calidad de
Inspectores del Trabajo ad-hoc a funcionarios de la
Administración Pública.
El Reglamento fijará las normas a que se sujetarán el
Ministerio del Trabajo y Previsión Social y el Director del
Trabajo en el ejercicio de esta facultad.