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Artículo UNICO de la Ley 16.499 · Modifica la ley n° 13.678, de 1959

Modifica la ley n° 13.678, de 1959

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28490 · idParte: 8282893

Texto oficial

Artículo único.- Sustitúyese en el artículo 3° de la ley N° 13.678, de 19 de Noviembre de 1959, la frase: "en la construcción del edificio municipal", por la siguiente: "en la adquisición o construcción de un edificio destinado a la Municipalidad".