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Artículo UNICO de la Ley 16.534 · Concede la autorizacion que señala a la municipalidad de lautaro

Concede la autorizacion que señala a la municipalidad de lautaro

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28516 · idParte: 8282939

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase a la Municipalidad de Lautaro para que, por una sola vez y sin sujeción a lo dispuesto en el inciso segundo del N° 2° del artículo 52° de la ley N° 11.860 Orgánica de Municipalidades, pueda dar nombre definitivo a la actual Plaza de Armas de la ciudad.