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Artículo UNICO de la Ley 16.544 · Autoriza la ereccion de un monumento a don jose bonifacio de andrada e silva

Autoriza la ereccion de un monumento a don jose bonifacio de andrada e silva

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28523 · idParte: 8282946

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase la erección en Santiago, por suscripción popular, de un monumento a José Bonifacio de Andrada e Silva, Emancipador del Brasil. Dicho monumento se erigirá en la Alameda Bernardo O'Higgins, entre las calles Dieciocho y Castro, inmediaciones de la Embajada del Brasil en Chile.