Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 16.595 · Autoriza a la municipalidad de rio negro para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de rio negro para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28560 / 8283021.

Texto oficial

Artículo 5°- La Municipalidad de Río Negro en sesión extraordinaria especialmente citada, por acuerdo de los dos tercios de sus regidores en ejercicio, podrá variar el monto de las inversiones consultadas en el artículo precedente o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras.