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Artículo 1 de la Ley 16.606 · Autoriza la ereccion de un monumento en memoria del abate juan ignacio molina gonzalez

Autoriza la ereccion de un monumento en memoria del abate juan ignacio molina gonzalez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28570 / 8283035.

Texto oficial

Artículo 1°- Autorízase la erección de un monumento en memoria del Abate Juan Ignacio Molina González, en las ciudades de Santiago y Villa Alegre y la colocación de placas recordatorias de su memoria, en las ciudades de Linares, San Javier, Talca, Molina y Concepción. Asimismo, autorízase el traslado y sepultación de los restos mortales del Abate Molina en la ciudad de Villa Alegre.