Texto oficial
Artículo 1°- Autorízase a las Municipalidades que se indican y en la proporción que se señala, para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma total de E° 500.000,00, a un interés no superior corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años: Municipalidad de Mulchén, E° 350.000,00 y Municipalidad de Santa Bárbara, E° 150.000,00.