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Artículo UNICO de la Ley 11.628 · Concede pension, por gracia, a doña carmen carvajal v. de gomez

Concede pension, por gracia, a doña carmen carvajal v. de gomez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 285769 / 6931342.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Carmen Carvajal, viuda del ex Inspector 1.o de la ex Policía Fiscal de Santiago, don Heraclio Gómez Cuadra, una pensión de trece mil doscientos pesos ($ 13.200) anuales. El gasto que significa la presente ley, se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.