Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 11.611 · Aumenta la pension de que disfruta doña marta figueroa parot viuda de garcia

Aumenta la pension de que disfruta doña marta figueroa parot viuda de garcia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 285779 / 6931373.

Texto oficial

Artículo único. Auméntase a ciento veinte mil pesos ($ 120.000) anuales, la pensión de gracia concedida en carácter de permanente por ley N.o 9,811, de 28 de Noviembre de 1950, a doña Marta Figueroa Parot viuda de García. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.