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Artículo 2 de la Ley 11.607

Autoriza al presidente de la república para transferir gratuitamente a la h. junta de beneficencia y asistencia social de arica el dominio del predio fiscal que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 285784 / 6931390.

Texto oficial

Artículo 2.o La H. Junta de Beneficencia y Asistencia Social de Arica destinará los terrenos transferidos a la ampliación del Hospital San Juan de Dios.