Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.
Texto oficial
Artículo 126°- Agrégase al artículo 61° del DFL.
N° 338, de 6 de Abril de 1960, Estatuto Administrativo,
como inciso tercero, la siguiente disposición:
"Los empleados a que se refieren las leyes números
4.558 y 15.566 que rehusaren por escrito el ascenso que les
correspondiere no perderán los beneficios señalados en los
artículos 59° y 60°."