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Artículo 195 de la Ley 16.617

Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28580 / 8758549.

Texto oficial

Artículo 195°.- Las Sociedades a que se refieren los artículos 43° y 44° de la ley N° 16.391 y el artículo 3° N°s. 10 y 11 de la Ley Orgánica de la Corporación de Mejoramiento Urbano, cuyo texto fue fijado por D.S. de la Vivienda N° 483, del año 1966, gozarán ellas y sus socios de los mismos beneficios, franquicias y exenciones tributarias que el DFL. N° 2, de 1959, establece para las Sociedades Constructoras de Viviendas Económicas, salvo la exención del Impuesto Global Complementario y Adicional.