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Artículo 215 de la Ley 16.617

Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28580 · idParte: 8758569

Texto oficial

Artículo 215°.- Reemplázase, en el artículo 24° de la ley N° 11.575, la expresión "como asimismo la Liga Marítima de Chile" por la siguiente: "como asimismo la Liga Marítima de Chile y el Consejo Obrero Ferroviario de la Maestranza General de San Bernardo'