Saltar al contenido

Artículo 25 de la Ley 16.623

Modifica leyes y decretos con fuerza de ley. condona pago de impuestos y deudas que indica. otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28584 / 8919112.

Texto oficial

Artículo 25°.- Modifícase la ley N° 15.840 en la forma que a continuación se indica: 1°.- Agrégase al inciso primero del artículo 27° reemplazando el punto y coma, la siguiente frase: "Salvo cuando se trate de pago de remuneraciones, que podrán hacerse en dinero efectivo". 2°.- Intercálase en el inciso cuarto del artículo 33° de la ley N° 15.840, a continuación de la frase "artículo 16° de la ley N° 15.575", la siguiente "y los Contadores".