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Artículo 2 de la Ley 16.636 · Modifica la ley 15.576, sobre abusos de publicidad.-

Modifica la ley 15.576, sobre abusos de publicidad.-

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28593 / 8847669.

Texto oficial

Artículo 2°.- Autorízase al Presidente de la República para fijar el texto definitivo de la ley N.o 15.576, de acuerdo con las modificaciones precedentes y para darle a este texto número de ley."