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Artículo UNICO de la Ley 16.642 · Rehabilita en su nacionalidad chilena a la persona que señala

Rehabilita en su nacionalidad chilena a la persona que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28598 / 8283148.

Texto oficial

Artículo único.- Rehabilítase a don Estanislao Esteban Dobronic Plastic en su nacionalidad chilena, perdida con motivo de su nacionalización en la República Argentina por carta de 19 de Mayo de 1961.