Texto oficial
Artículo único transitorio.- El mayor gasto que represente la aplicación de la presente ley se financiará con cargo a transferencias del ítem 50-01-
03-24-03.104 de la partida del Tesoro Público.".
Concede bono compensatorio que indica para el personal de casa de moneda de chile y modifica la ley n° 20.309
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 285988 / 7384475.