Saltar al contenido

Artículo UNICO TRANSITORIO de la Ley 20.329

Concede bono compensatorio que indica para el personal de casa de moneda de chile y modifica la ley n° 20.309

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 285988 / 7384475.

Texto oficial

Artículo único transitorio.- El mayor gasto que represente la aplicación de la presente ley se financiará con cargo a transferencias del ítem 50-01- 03-24-03.104 de la partida del Tesoro Público.".