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Artículo DECIMO de la Ley 20.322 · Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera

Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 286151 / 8220368.

Texto oficial

Artículo décimo.- Declárase, interpretando los artículos 21, 22 y 27 del Código Tributario, que en los casos allí previstos el trámite establecido en el inciso segundo del artículo 63 es obligatorio.