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Artículo 4 de la Ley 16.673 · Autoriza al presidente de la república para efectuar las transferencias que señala.

Autoriza al presidente de la república para efectuar las transferencias que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28620 / 5978773.

Texto oficial

Artículo 4.o- Si a los sectores de la faja de terreno desafectada se les diere una destinación distinta de las indicadas en el artículo 2.o, ellos recuperarán de pleno derecho la calidad de bien nacional de uso público".