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Artículo UNICO de la Ley 11.577 · Concede pension, por gracia, a doña maria luisa zuñiga salinas

Concede pension, por gracia, a doña maria luisa zuñiga salinas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 286280 / 6954569.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Luisa Zúñiga Salinas, hermana del ex Rector del Liceo de Tacna don Luis Eduardo Zúñiga Salinas, una pensión de cinco mil pesos mensuales ($ 5.000). El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Ministerio de Hacienda.